Servicio de Tributación Internacional
Servicio de Tributación Internacional
¿Qué es la tributación internacional?
Se origina por la necesidad de las empresas que, en el desarrollo de sus transacciones o inversiones con partes domiciliadas en otros países, se ven obligadas a pagar impuestos por las normas tributarias vigentes, pero en ocasiones al declarar sus transacciones en su país de residencia, reconocen que los ingresos generados también deberán ser gravados en el otro país con el cual tuvieron la relación comercial, esta particularidad provoca la configuración de la doble tributación, o también reconocida como doble imposición tributaria.
En consecuencia, la tributación internacional consiste en coordinar los sistemas tributarios de dos o más Estados con el fin de evitar la doble imposición internacional.
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Importancia de la tributación internacional:
La tributación internacional busca encontrar métodos que disminuyan o eliminen el impacto ocasionado por los impuestos internacionales, con la finalidad de evitar pagar dos veces un tributo sobre una misma inversión o transacción; es decir, que no se genere una doble imposición tributación, lo cual ocasiona que los impuestos sean excesivos, disminuyendo el margen de ganancia, y en consecuencia gran desmotivación para la inversión internacional.
Otro aspecto a considerar para la tributación internacional son los principios de imposición jurisdiccionales, con la intención de determinar en qué país se gravarán las ganancias obtenidas por los contribuyentes, los cuales son:
- El criterio de renta mundial, por el cual se gravan todas las rentas sin importar su origen, denominación o naturaleza, cuando los sujetos estén domiciliadas o residan en Chile.
- El criterio de renta de fuente local, por el cual se gravan sólo rentas de fuente chilena sin que sea requisito que los sujetos tengan domicilio o residencia en Chile.
Tributación internacional en Chile:
Chile reconoce como criterios de sujeción para ejercer el derecho de gravar la riqueza, la renta mundial y la renta de fuente local, es decir, reconoce que la base para la imposición tributaria es la fuente, generándose en forma consecuente una doble imposición tributaria, por ello ha tomado como soluciones suscribirse a convenios internacionales en materia tributaria, así como la importancia de la creación de normativa tributaria nacional que permita especificar los casos de abstención para gravar operaciones comerciales, por los cuales otros estados podría ejercer ese mismo derecho.
Tributación internacional en Perú:
El estado peruano, dado el crecimiento de la inversión extranjera e importación de servicios, bienes y otras transacciones en el exterior, también ha adoptado los criterios de renta mundial y renta de fuente local, generándose como principal dificultad verse afectado por la doble tributación generada principalmente a los Impuestos a la Renta, por ello utiliza el criterio territorial que le permite aceptar un crédito fiscal por el impuesto pagado en el extranjero.
Los impuestos internacionales:
Las empresas extranjeras que deseen invertir en el Perú, deberán reconocer los requisitos tributarios establecidos en la legislación local e internacional, así como, los acuerdos internacionales de los que el Perú es parte que debe cumplir al realizar operaciones comerciales en el país, para el reconocimiento del nacimiento de las obligaciones fiscales.
Los impuestos internacionales también pueden referirse a las obligaciones fiscales impuestas a las fuentes extranjeras de ingresos y a los ingresos adquiridos localmente de los no ciudadanos, así como a los impuestos que deben pagar las empresas establecidas en el país que hacen negocios con organizaciones extranjeras.
Principales impuestos internacionales en Perú
Impuesto de renta comercial, o también reconocido como impuesto a la renta de fuente peruana equivalente al 29.5% del total de los ingresos anuales de una empresa durante un ejercicio fiscal, así como el reconocimiento de pagos a cuenta en períodos mensuales equivalente al 1.5% de sus ingresos mensuales.
Impuesto sobre el valor añadido, reconocido en Perú como Impuesto General a las Ventas (IGV), equivalente al 16%, más un adicional del 2% por el impuesto de promoción municipal, obteniéndose un total del 18%, que se deberá aplicar al valor de cualquier bien o servicio adquirido durante una relación comercial.
Impuesto temporal a los activos netos (ITAN), equivalente al 0,4 % de los activos totales de la empresa, siempre que los activos netos al cierre del ejercicio anual superen el millón de soles (moneda nacional en Perú).
Impuestos especiales, o selectivos, los cuales son aplicados a determinados productos comercializados en Perú.
Servicio de tributación internacional:
El servicio de asesoría y/o consultoría de operaciones con no domiciliados, y por ende transacciones que requieran un amplio análisis de la tributación internacional, consiste en la búsqueda de métodos y evaluación de la normativa tributaria existente entre los países que se relacionen en un marco internacional, para evitar la doble imposición tributaria, generando de esta manera mejores opciones de rentabilidad para las empresas extranjeras y con ello el aumento de la inversión.
En VAG GLOBAL brindamos el Servicio de Tributación Internacional para su empresa.