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Requisitos a contribuyentes que realicen reorganizaciones societarias

12 enero, 2022
Requisitos para contribuyentes que realicen reorganizaciones societarias

Con fecha 12 de enero del presente, la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) publicó el Aviso por el que se especifica los documentos y requisitos que deberán suministrar y cumplir los contribuyentes que realicen un proceso de reorganización de sociedades en virtud de la Norma General Número 01-2022. 

1. Obligaciones ante procesos de reorganización de sociedades

En virtud de la entrada en vigor de la Norma General N° 01-2022 sobre Reorganización de Sociedades, la DGII tiene a bien establecer los documentos y requisitos que deberán suministrar y cumplir los contribuyentes que realicen un proceso de reorganización de sociedades, a saber: 

Reorganización por fusión y escisión

Se debe suministrar lo siguiente: 

  • Declaración Jurada para el Registro y Actualización de datos de sociedades. 
  • Copia del certificado de Registro Mercantil vigente de las sociedades participantes que mantienen su personalidad jurídica. 
  • Copia del acta de asamblea general extraordinaria de cada una de las sociedades donde se aprueba el proyecto de fusión/escisión.  
  • Copia del acta de asamblea general extraordinaria de cada una de las sociedades en la que se autoriza a una persona a negociar la fusión/escisión, con su correspondiente nómina de presencia.  
  • Copia de Proyecto de fusión o escisión.  
  • Lista de suscripción y pago de las acciones o cuotas sociales de cada una de las sociedades, anterior y posterior a la fusión o escisión.  
  • Copia de las cédulas de identidad, pasaportes, actas de nacimiento (menores) de los socios o accionistas y miembros del consejo que no se encuentren registrados en la DGII.  
  • Publicación en un periódico del extracto de proyecto de fusión o escisión.  
  • Informe del o de los comisarios(s) designado(s) por común acuerdo entre las sociedades con su opinión sobre la modalidad utilizada en el proceso de fusión o escisión. 
  • Informe del Consejo de Administración de cada una de las sociedades participantes emitiendo su opinión en relación con el proceso de fusión o escisión.  
  • Resolución emitida por el órgano regulador donde se autoriza el proceso de reorganización.  
  • Resolución emitida por el organismo competente que autoriza el traslado de beneficios a entidades acogidas a regímenes especiales que participan en un proceso de reorganización.  
  • Presentación de la Declaración Jurada de Impuesto sobre la Renta marcada como final de la(s) sociedad(es) que se disuelva(n), ante la Administración Local que corresponda, si aplica. 

Reorganización por ventas y transferencias entre empresas de un mismo conjunto económico

Las empresas deben estar reconocidas por la DGII como un conjunto económico, conforme el Decreto núm. 408-10. Se debe presentar: 

  • Declaración Jurada para el Registro y Actualización de Datos de Sociedades (Formulario RC-02 y sus anexos).  
  • Copia de Acuerdo de Transferencia de Activos y Pasivos.  
  • Copia de Acta de Asamblea donde se aprueba el Acuerdo de Transferencia de Activos y Pasivos, por cada sociedad, con sus respectivas nóminas de presencia.  
  • Presentación de la Declaración Jurada de Impuesto sobre la Renta marcada como final de la(s) sociedad(es) que se disuelva(n), ante la Administración Local que corresponda. 

2. Documentos registrados y debidamente legalizados

Los documentos societarios deben estar debidamente registrados ante el Registro Mercantil de la Cámara de Comercio y Producción correspondiente. En lo que respecta a documentos extranjeros, deberán estar debidamente traducidos al idioma español, legalizados y apostillados.  

3. Balance general

Para la validación de la información financiera del proceso de que se trate, las sociedades participantes deberán suministrar un Balance General hasta la fecha de corte de la reorganización, debidamente sellado y firmado por el gerente financiero, contralor o contador general de la sociedad.  

Este Balance General deberá contener los datos financieros con sus notas explicativas, relativos al estado en que se encuentran las sociedades a la fecha de la realización de la operación, los activos y pasivos transferidos y recibidos, asientos de eliminación y el balance resultante del proceso para las sociedades que conservan su personalidad jurídica.  

4. Estados financieros consolidados

En el caso de Estados Financieros Consolidados deberán suministrar un detalle que refleje la proporción o participación que correspondería a la República Dominicana, incluyendo las notas explicativas.  

Fuente: Dirección General de Impuestos Internos 112/01/22