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Modificaciones al Reglamento que impulsa al fortalecimiento de las MIPYMES y crea el Fondo CRECER

3 julio, 2024

Introducción al D.L. Nº 1399

El Decreto Legislativo Nº 1399, está orientado a fortalecer el sector empresarial del país a través de su relación con el Fondo CRECER, este decreto busca ampliar el alcance y los beneficios de las MIPYMES, facilitando el acceso al financiamiento y garantías para estas, así como para las empresas exportadoras. El D.L. Nº 1399 establece criterios de estabilidad detallados para los beneficiarios finales, además de especificar los instrumentos financieros disponibles y los porcentajes de cobertura aplicables.  

Actualizaciones para MIPYMES

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) ha actualizado el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1399, que fortalece a las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES) mediante el Fondo Crecer. Estas modificaciones fueron oficializadas con el Decreto Supremo Nº 116-2024-EF. 

Nuevos Requisitos para Beneficiarios 

Las MIPYMES interesadas en acceder al Fondo Crecer deben cumplir con ciertos requisitos: 

  • Elegibilidad de Cobertura Previa: Los beneficiarios no deben haber recibido coberturas financiadas por el Fondo Crecer anteriormente. Esto asegura una distribución más equitativa de los recursos y permite que nuevas empresas tengan la oportunidad de beneficiarse del fondo. 
  • Transparencia y Evaluación: Las empresas deben presentar información clara y verificable sobre su situación financiera y operativa. Esto incluye estados financieros auditados y otros documentos que demuestren la necesidad y capacidad de utilizar el financiamiento de manera efectiva. 
  • Cumplimiento de Normativas: Las MIPYMES deben estar al día con sus obligaciones tributarias y legales. Este requisito asegura que solo las empresas que operan dentro del marco legal puedan acceder a los beneficios del fondo. 
  • Evaluación de Riesgo: El Fondo Crecer realizará una evaluación de riesgo para cada solicitante. Esta evaluación considerará factores como la estabilidad financiera, historial de crédito y capacidad de crecimiento. Las empresas que demuestren un riesgo manejable y un potencial de crecimiento sostenible serán priorizadas. 
  • Aportes de Contrapartida: Dependiendo del tipo de financiamiento solicitado, las MIPYMES pueden necesitar aportar una contrapartida, que puede ser en forma de capital propio o garantías adicionales. Esto fomenta el compromiso y la responsabilidad de las empresas beneficiadas. 

Garantías y Coberturas

El valor máximo de las garantías otorgadas por el Fondo Crecer se incrementa a 10 millones de soles por beneficiario, o su equivalente en moneda extranjera. Estas garantías cubrirán operaciones de financiamiento y asegurarán un mayor apoyo económico a las MIPYMES. Además, el fiduciario podrá contratar servicios de asistencia técnica, asesorías o consultorías especializadas, financiadas con hasta el 1% de los ingresos financieros auditados del año anterior.  

Conclusión

Las modificaciones al Reglamento del Fondo CRECER representan un avance significativo para el apoyo a las MIPYMES peruanas. Al proporcionar un acceso más equitativo y amplio a los recursos financieros y técnicos, el MEF está fomentando un entorno empresarial más dinámico y sostenible. Estas medidas no solo benefician a las empresas individuales, sino que también contribuyen al crecimiento económico general del país. La implementación de estos cambios es un testimonio del compromiso del MEF con el desarrollo inclusivo y la mejora continua del entorno empresarial en Perú. 

Fuente: Decreto Supremo