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Vencimiento de la declaración del IR para los microempresarios

22 octubre, 2021
Vencimiento de la declaración del IR para los microempresarios

A partir del 21 de octubre del presente año comenzó el vencimiento de los plazos para que los microempresarios declaren el Impuesto a la Renta (IR) del 2% correspondiente al primer semestre. 

Es importante recordar que este vencimiento, fue extendido por una resolución emitida por el Servicio de Rentas Internas (SRI), ya que inicialmente debió haber comenzado la declaración en el mes de julio pasado.

¿Cómo saber cuál es mi fecha de vencimiento para la declaración?

Si usted es microempresario y pertenece al Régimen Impositivo de Microempresas (RIM), debe seguir las siguientes fechas:

Noveno Dígito del RUCFecha de máximo de vencimiento
121  de octubre
221 de octubre
322  de octubre
425  de octubre
525  de octubre
626  de octubre
727  de octubre
827  de octubre
929  de octubre
029  de octubre
Son considerados dentro de este régimen, aquellos microempresarios son considerados personas naturales, sociedades y emprendedores que tengan ingresos brutos de hasta $300.000 anuales y hasta 9 trabajadores.

¿Qué pasa si no presenté mi declaración?

El SRI ha señalado que la declaración efectuada fuera de las fechas señaladas generará las correspondientes multas e intereses, de conformidad con lo dispuesto en el Código Tributario.

Además, recordar que si el día de su declaración cae en un día de descanso obligatorio o feriados nacionales o locales, esta se trasladará al día siguiente hábil.

Fuente: El Comercio 22/10/21