A partir del 21 de octubre del presente año comenzó el vencimiento de los plazos para que los microempresarios declaren el Impuesto a la Renta (IR) del 2% correspondiente al primer semestre.
Es importante recordar que este vencimiento, fue extendido por una resolución emitida por el Servicio de Rentas Internas (SRI), ya que inicialmente debió haber comenzado la declaración en el mes de julio pasado.
¿Cómo saber cuál es mi fecha de vencimiento para la declaración?
Si usted es microempresario y pertenece al Régimen Impositivo de Microempresas (RIM), debe seguir las siguientes fechas:
Noveno Dígito del RUC | Fecha de máximo de vencimiento |
1 | 21 de octubre |
2 | 21 de octubre |
3 | 22 de octubre |
4 | 25 de octubre |
5 | 25 de octubre |
6 | 26 de octubre |
7 | 27 de octubre |
8 | 27 de octubre |
9 | 29 de octubre |
0 | 29 de octubre |
¿Qué pasa si no presenté mi declaración?
El SRI ha señalado que la declaración efectuada fuera de las fechas señaladas generará las correspondientes multas e intereses, de conformidad con lo dispuesto en el Código Tributario.
Además, recordar que si el día de su declaración cae en un día de descanso obligatorio o feriados nacionales o locales, esta se trasladará al día siguiente hábil.
Fuente: El Comercio 22/10/21