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Declaran barrera burocrática ilegal exigencias de ESSALUD

27 marzo, 2024

Mediante la Resolución Nº 0177-2024/SEL-INDECOPI, la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas declararó barrera burocrática el plazo perentorio dispuesto por ESSALUD para el acceso a las prestaciones económicas. 

El pasado 16 de marzo, se emitió la Resolución Nº 0177-2024/SEL-INDECOPI, por el cual se declara como barrera burocrática ilegal lo dispuesto en el Artículo 36 del Reglamento de la Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud, en relación con los plazos para rectificar planillas. 

Antecedentes 

Previamente, el plazo máximo para rectificar la planilla era el último día del mes de vencimiento de cada declaración. En ese sentido, para EsSalud, cualquier rectificación realizada después de esta fecha implicaba un pago tardío de los aportes a la seguridad social.  

Ante ello, EsSalud podía exigir a los empleadores el pago del costo de las prestaciones de salud brindadas a los trabajadores y sus familias durante un periodo de 18 meses posteriores a la rectificación o negar el reembolso de los subsidios pagados al personal por maternidad o descanso médico prolongado, también por el mismo plazo. 

Fundamentos 

Esta exigencia fue considerada ilegal, puesto que contradice disposiciones del Código Tributario, específicamente el artículo 43, por el cual se establece un plazo de 4 años para la rectificación de planillas electrónicas.  

Importancia 

Esto ha conllevado un impacto significativo en el acceso a prestaciones de salud para trabajadores y empleadores, ya que eliminar una barrera burocrática que dificultaba a los empleadores obtener el reembolso de los subsidios pagados, limitando el perjuicio de las empresas.  

Comentario adicional 

Cuando la barrera burocrática es declarada ilegal y está contenida o materializada en disposiciones administrativas, se inaplica al caso concreto, es decir, solo para quien realizó la denuncia y con efectos generales.