A través de la Ley N° 10085, la Asamblea Legislativa Costa Rícense estableció la exención de impuestos para la organización, realización y promoción de la copa mundial femenina Sub-20 de la FIFA COSTA RICA 2022.
1. Objetivo de la norma
La ley tendrá por objetivo regular el trato migratorio que recibirán las delegaciones, organizadores, voluntarios y personas extranjeras que aporta la FIFA que se encuentren relacionadas con la Copa Mundial Femenina Sub – 20 de la FIFA 2022.
De igual manera, se verá el tratamiento tributario y aduanero del cual serán objeto las actividades, los bienes y los servicios requeridos para la realización, la organización y las actividades preparatorias necesarias para la inauguración, el desarrollo y la clausura de dicho evento.
2. Alcance de la Ley
Tal y como señala la norma, las exenciones planteadas, serán aplicables para la (as);
- Asociación anfitriona-Federación Costarricense de Fútbol: se refiere a la Asociación Nacional de Fútbol oficialmente afiliada a la FIFA en Costa Rica, que es responsable de la preparación y el desarrollo de la competencia y otros eventos, reconocida por la FIFA.
- Asociaciones participantes FIFA: las representaciones nacionales de fútbol oficialmente afiliadas a la FIFA de los países que participen en la competición.
- Afiliados comerciales oficiales de la FIFA: las personas jurídicas que posean un contrato suscrito con la FIFA, para el patrocinio de los eventos FIFA a nivel mundial.
- FIFA: Federación Internacional de Fútbol Asociado (FIFA), como una asociación de origen suizo, es el organismo gobernante mundial del deporte del fútbol, así como de las filiales FIFA.
- Listado de las personas que aporte la FIFA: las personas físicas y jurídicas oficialmente acreditadas por la FIFA para participar en los eventos relacionados con el mundial.
- Organismos de radiodifusión o comunicación del anfitrión FIFA: cualquier entidad jurídica autorizada o designada por la FIFA o por los concesionarios o las personas designadas de la FIFA, en relación con la producción de cualquier contenido y/o material de sujeción a cualquier derecho de comunicación.
- Patrocinador nacional del evento persona jurídica constituida en territorio nacional, debidamente reconocida por FIFA como patrocinador del evento.
3. Exenciones Impuestas
La normativa plantea la exención de los siguientes impuestos:
- Exenciones a los impuestos de entrada y salida: Se concederá la exención de los impuestos de entrada y salida del país por vía aérea y terrestre a los integrantes de las delegaciones, organizadores, voluntarios internacionales y la lista de personas extranjeras que aporta la FIFA con motivo de la Copa Mundial Femenina Sub – 20 de la FIFA 2022.
- Exenciones a acreditaciones y uniformes: Estarán exentos los impuestos relativos a la importación de los artículos e implementos destinados a identificar, acreditar o uniformar a los miembros de la FIFA, periodistas o comunicadores, delegaciones o personas voluntarias que participarán en las actividades relacionadas con la Copa Mundial Femenina Sub-20 de la FIFA 2022.
Fuente: Portal Imprenta Nacional 12/01/22