A través de una columna web en el portal “El Financiero”, Randall Madriz, Socio de impuestos de Deloitte, opinó respecto la revisión del Análisis Multifuncional Programado y Objetivo (AMPO) y como él mismo se presenta como una oportunidad para disminuir los costos de transacción tributarios.
1. Contexto del “Costo Tributario”
Según señala Madriz, en el sistema tributario Costarricense existen múltiples normas que buscan imponer una carga tributaria a los contribuyentes a fin de cubrir las necesidades presupuestarias del Estado.
En ese sentido, es importante señalar que, en adición al pago de impuestos, existe el denominado “Costo del cumplimiento tributario”, el cual le resta competitividad al sector privado y carcome las utilidades generadas anualmente.
En términos simples, el costo del cumplimiento tributario consiste en el gasto en que incurre el contribuyente en su relación con la Administración Tributaria, bien sea, en el cumplimiento de los trámites propios del pago de los impuestos o en la respuesta a requerimientos de información, así como la presentación de declaraciones informativas tributarias.
Por lo expuesto, los efectivos negativos del “Costo Tributario” son claros;
- Aumento de los costos de operación no permitiendo incrementar los salarios
- Limitación respecto la posibilidad de invertir en activos productivos
- Estimulando el aumento de los precios de los bienes y servicios en el mercado.
2. Herramienta de Análisis Multifuncional Programado y Objetivo
Como se sabe, dentro del cuerpo estructural de la Administración tributaria, se encuentra la herramienta denominada Análisis Multifuncional Programado y Objetivo. (AMPO) Dicha herramienta está compuesta por 31 apartados y fue diseñada para la obtención de información relacionada a grandes contribuyentes.
En primera instancia, parece que dicha herramienta tiene un alto rango de utilidad. Sin embargo, la información que recolecta en grandes cantidades, ya es poseída por la Administración Tributaria a través de formularios informativos o los estados financieros auditados que reciben de parte de aquellos mismos contribuyentes.
3. Costos Estatales
A pesar que se piensa que la medida expuesta, solo perjudica a los contribuyentes y beneficia al Estado. Esto es inexacto, ya que el Estado incurre en los mismos costos al tener que compartir la información con el contribuyente.
A estos costos se les conoce como costos de la administración tributarios, los cuales son asumidos por el Estado con el fin de cumplir con su responsabilidad de administrar el sistema tributario e incluyen, el costo del recurso humano, así como la infraestructura física y tecnológica para lograr el cumplimiento con el sistema tributario.
En ese sentido, los efectos de estos costos son igual de claros, ya que;
- Impiden que los gastos del Estado se dirijan a otros destinos (por ejemplo, gastos del sector social o educativo)
- Presionan al Estado a buscar fuentes de financiamiento adicionales, bien sea, mediante endeudamiento o la recaudación de impuestos adicionales.
Fuente: El Financiero 17/11/21