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Por pandemia, extienden los beneficios tributarios para empresa

1 octubre, 2021
Se extiende los beneficios tributarios para empresas afectadas por la pandemia

Mediante la Ley No. 19.898, el Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay disponen extienden los beneficios tributarios para las empresas afectadas por la pandemia del COVID-19.

1. ¿Cuáles son los beneficios tributarios que se extenderán?

  1. Es la exoneración del 100% (cien por ciento) de los aportes jubilatorios patronales a la seguridad social a las empresas que realicen las siguientes actividades: 
    • Organización y realización de fiestas y eventos, con o sin locales.
    • Organización y realización de congresos o ferias nacionales e internacionales.   Agencias de viajes.
    • Transporte terrestre de grupos turísticos y excursiones, de pasajeros en remises, de pasajeros en taxímetros, choferes de aplicaciones, y arrendamiento de vehículos sin chofer.
    • Salas de cine, distribución cinematográfica y teatros.
    • Alojamiento y alimentación incluidos en el Grupo 12, Subgrupos 1, 2, 4 ,7 y 7.1.
    • Artistas y actividades conexas no publicitarias.
    • Alquiler, servicio y soporte de equipos de filmación, y prestación de servicios audiovisuales para eventos en general no publicitarios.
    • Educación deportiva y recreativa, administración de otro tipo de          instalaciones deportivas, y actividades de clubes deportivos.
  2. Asimismo, la exoneración del pago del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas, por parte de los contribuyentes que realicen las actividades señaladas en el literal a.
  3. En el mismo sentido, los contribuyentes del Impuesto al Patrimonio, cuya actividad principal se encuentre comprendida en el literal a., quedan exonerados de realizar los pagos a cuenta correspondiente.

2. ¿Hasta qué periodo se han extendido estos beneficios tributarios?

De acuerdo a la presente Ley, la exoneración se aplicará a las obligaciones devengadas entre el 1 de julio de 2021 y el 31 de octubre del mismo año.

Se presente que este conjunto de medidas, de un cierto alivio económico a las empresas que han sido golpeadas económicamente por la pandemia del COVID-19.

Fuente: Diario Oficial 01/10/21