Mediante la Resolución N°071/2020, la Dirección General Impositiva e Uruguay estableció la prórroga de los siguientes vencimientos:
- Hasta el 26 de enero de 2022, el plazo para el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los sujetos pasivos comprendidos en el grupo CEDE (excepto los gestionados por la DGC), cuyo vencimiento estaba establecido para el 24 de enero de 2022.
- Hasta el 27 de enero de 2022, el plazo para el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los sujetos pasivos comprendidos en el grupo NO CEDE, cuyo vencimiento estaba establecido para el 25 de enero de 2022.
- Hasta el 27 de enero de 2022, el plazo para el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los sujetos pasivos comprendidos en los ordinales 5 y 6 del numeral 1 de la Resolución N°2098/2021 de 15 de diciembre de 2021, cuyo vencimiento estaba establecido para el 25 de enero de 2022.
- Hasta el 24 de enero de 2022, el plazo para el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes comprendidos en el literal E del artículo 52 del Título 4 del TO 1996, cuyo vencimiento estaba establecido para el 20 de enero de 2022.
Por otro lado, se dispone que dicha resolución no será de aplicación para los vencimientos establecidos en los ordinales 18 y 20 del numeral 1 de la Resolución N°2098/2021.
Fuente: Diario Oficial 20/01/22