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Habilitan a productores agropecuarios a utilizar sus créditos

5 noviembre, 2021
Habilitan a productores agropecuarios a utilizar sus créditos

Con fecha 4 de noviembre del 2021, se publicó en el portal web de “El Acontecer”, sobre la posibilidad de usar los créditos ante la DGI de los productores agropecuarios, para que puedan pagar otras obligaciones.

1. Resolución N° 1725/21

La DGI emitió la Resolución N° 1725/21, la cual habilita a los productores agropecuarios al uso de sus créditos frente a este organismo para pagar sus obligaciones en otras instituciones.

2. Aspectos impositivos de productos rurales

De acuerdo al especialista Gonzalo Calleri, resulta esencial repasar algunos aspectos impositivos de los productores rurales: 

  • Las ventas que estos realizan, en su mayoría, no se encuentran gravadas con IVA, sin embargo, muchos de los gastos en los que incurren para poder llevar a cabo su actividad sí se encuentran gravados por este impuesto.

Por ello, la norma permite a los productores solicitar certificados de crédito por el IVA abonado en las compras y gastos mencionados, a los efectos de poder ser utilizados para pagar sus obligaciones ante la DGI y/O BPS.

3. Plazo para el uso del certificado de crédito

Es importante resaltar que, los certificados de créditos pueden ser utilizados en un período de 4 años desde el origen del crédito.

4. Uso general

Se comenta que, los productores, en su mayoría, usan los certificados de créditos para abonar otros impuestos, como el Impuesto a la Renta, y sus obligaciones frente a BPS. Sin embargo, suele suceder que en un mismo ejercicio se generan más créditos a favor que las obligaciones a pagar, por ello, se acumulan grandes importes en certificados de crédito a favor.

Al respecto, la DGI autoriza a los productores agropecuarios para el uso de dichos certificados de crédito a favor para abonar deudas con Bancos, Empresas Aseguradoras y/o Entes Autónomos y Servicios Descentralizados.

5. Alivios financiero y restricciones

Este beneficio otorga un alivio financiero para el sector agropecuario.

No obstante,  la normativa establece ciertas restricciones, pues el crédito a ser cedido debe haberse generado antes del 30 de junio del 2021, y el plazo para realizar la cesión en principio es hasta el 28 de febrero del 2022. Además, no podrán realizarse cesiones superiores a los $22.500.000.

Fuente: Elacontecer 05/11/21