Con fecha 7 de marzo del presente, se publica en el Diario Oficial de Uruguay, el Decreto 65/2022, por el cual se dispone la exoneración del IVA a los servicios relacionados con el hospedaje prestado a residentes en el territorio nacional. Veamos:
1. Antecedente normativo
De acuerdo al artículo 2º de la Ley Nº 19.923, se faculta al Poder Ejecutivo a dar análogo tratamiento al otorgado a la exportación de servicios, a los efectos del Impuesto al Valor Agregado (IVA), a los servicios relacionados con el hospedaje prestados a residentes en territorio nacional.
En relación al contexto actual, la pandemia ha provocado una situación coyuntural del sector hotelero, que dificulta el normal funcionamiento del mismo, por lo que se considera conveniente tomar medidas a los efectos de mejorar su competitividad durante lo que resta de la temporada estival.
2. Plazo de exoneración
Por ello, se dispone la extensión a residentes en territorio nacional el régimen de exportación de servicios dispuesto por el numeral 14) del artículo 34 del Decreto Nº 220/998, de 12 de agosto de 1998, para los servicios relacionados con el hospedaje a que refiere dicha norma, prestados desde el 1º de marzo de 2022 hasta el 17 de abril de 2022 inclusive.
Fuente: Diario Oficial 07/03/22