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Exención contributiva de personas físicas y ajustes al RST

3 febrero, 2022
Exención contributiva de personas físicas y ajustes al RST

Con fecha 3 de febrero del presente, la Dirección General de Impuestos Internos emitió la Resolución Núm. DDG-AR1-2022-00002, sobre exención contributiva de personas físicas y ajustes al RST, ejercicio fiscal 2022. Veamos: 

1. Exención tributaria de personas físicas

En cumplimiento a lo establecido en el artículo 28 de la Ley 345-21 de Presupuesto General del Estado para el ejercicio presupuestario del 2022, que deja sin efecto durante el citado año fiscal el ajuste por inflación previsto en el párrafo I del artículo 296 del Código Tributario de la República Dominicana, se informa a los contribuyentes que los Tramos de la Escala Impositiva que regirán a partir del 1 de enero hasta el 31 de diciembre del año 2022, son los siguientes:  

Escala anual Tasa 
Rentas hasta RD$416,220.00 Exento 
Rentas desde RD$416,220.01 hasta RD$624,329.00 15% del excedente de RD$416,220.01 
Rentas desde RD$624,329.01 hasta RD$867,123.00 RD$31,216.00 más el 20% del excedente de RD$624,329.01 
Rentas desde RD$867,123.01 en adelante RD$79,776.00 más el 25% del excedente de RD$867,123.01 

2. Ajustes fiscales para el régimen simplificado de tributación

En cumplimiento con lo establecido en el Decreto. 265-19, de fecha 01 de agosto del año 2019, para el Reglamento Sobre el Régimen Simplificado de Tributación (RST), se informa a los contribuyentes que el monto máximo de ingresos o de compras permitidos para acogerse o permanecer en el régimen, en función a la modalidad de RST que aplica para este periodo fiscal 2022 son los siguientes: 

Modalidad de RST por Ingresos

Base Legal Descripción Monto Ajustado en RD$ 
Artículo 4, Párrafo I, Decreto 265-19 promulgado el 01 de agosto del 2019 Valor máximo para acogerse o permanecer en Régimen Simplificado de Tributación Basado en Ingresos. 9,962,997.29 

Modalidad de RST por Compras

Base Legal Descripción Monto Ajustado en RD$ 
Artículo 5, Decreto 265-19 promulgado el 01 de agosto del 2019 Valor máximo para acogerse o permanecer en Régimen Simplificado de Tributación Basado en Compras. 45,806,884.11 
Fuente: Dirección General de Impuestos Internos 03/02/22