Como es sabido, con la finalidad de promover la inversión privada y otorgar mayor liquidez en la actual coyuntura económica, mediante la Ley 31652 se estableció, de manera excepcional y temporal, regímenes especiales de depreciación para que los contribuyentes del régimen general del impuesto a la renta y del régimen MYPE tributario puedan depreciar aceleradamente determinados bienes con la finalidad de promover la inversión privada en la actual coyuntura económica.
Asimismo, mediante el Decreto Supremo N.° 156-2023-EF, publicado el 22 de julio de 2023, se han aprobaron las normas reglamentarias de dicha ley en cuanto a los aspectos siguientes:
- La fórmula para establecer el porcentaje de avance de obra a que se refiere el artículo 2, párrafo 2.1, literal b) de la Ley.
- Los documentos que sustentan el inicio y la conclusión de la construcción las plantas de beneficio y otras construcciones.
- La no aplicación del régimen especial de depreciación por falta de acreditación del inicio de la construcción.
- La no contabilización de la mayor depreciación.
- El concepto de costos posteriores.
Fuente:
- Ley 31652: https://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/ley-que-establece-regimenes-especiales-de-depreciacion-ley-n-31652-2138814-3/
- Decreto Supremo N.° 156-2023-EF: https://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/aprueban-normas-reglamentarias-de-la-ley-n-31652-que-establ-decreto-supremo-n-156-2023-ef-2198757-1/