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Nueva licencia laboral para descartar cáncer a trabajadoras

28 febrero, 2024

Con fecha 20 de enero del 2024, se aprobó el Decreto Supremo Nº001-2024-SA, el cual aprueba el Reglamento de la Ley Nº31561, Ley de prevención del cáncer en las mujeres y del fortalecimiento de la atención especializada oncológica.

Este reglamento otorga un día al año de licencia con goce de haber para las trabajadoras del sector público y privado, incluida la Policía Nacional del Perú y las Fuerzas Armadas, que concurran a realizarse exámenes de detención temprana de cáncer de mama y de cuello uterino.

Siendo su principal objetivo, promover el bienestar de las trabajadoras a través de la detección temprana de enfermedades como el cáncer de mama y cuello uterino, sin que afecte su situación laboral.

Requisitos para solicitar la licencia

Para acceder a este permiso, la trabajadora deberá presentar con 3 días hábiles de anticipación, su solicitud de licencia con goce de haber para exámenes de detección temprana de cáncer de mama y/o de cuello uterino a su autoridad superior, adjuntando la programación de su cita.

Posterior a ello, deberá acreditar la atención a través de una constancia dentro de los 3 días hábiles siguientes de la cita médica.

Cabe resaltar que, de acuerdo al numeral 4.3 del Reglamento de la Ley Nº, la licencia con goce de haber otorgada a la trabajadora es asumida por el empleador, el mismo que no puede requerir a ESSALUD el financiamiento.

La presente Ley es de aplicación en el territorio nacional y entró en vigencia desde el día 21 de enero del 2024.

 

Fuente: El Peruano