Con fecha 5 de abril del presente, se publica en el Diario Oficial El Peruano, la Resolución de Superintendencia N° 000058-2022/SUNAT que modifica el Artículo 2 de la R.S. N° 077-2020/SUNAT que aprueba la creación de la mesa de partes virtual de la SUNAT, conforme lo siguiente:
1. Mesa de partes virtual SUNAT
Como se sabe, mediante la Resolución de Superintendencia N° 077-2020/SUNAT, se aprobó la creación de la mesa de partes virtual de la SUNAT con el fin de facilitar a los administrados la presentación de documentos que se presentan de manera presencial en las dependencias de la SUNAT, así como su consulta a través de dicha plataforma.
2. Modificación normativa
Se dispone la modificación del Artículo 2 de la Resolución antes citada, y se dispone lo siguiente:
Que, cuando se utilice la MPV-SUNAT, salvo disposición distinta, la presentación de documentos se regirá por lo siguiente:
- Los documentos presentados entre las 00:00 horas y las 23:59 horas de un día hábil, se consideran presentados en el mismo día hábil.
- Los documentos presentados los sábados, domingos y feriados o cualquier otro día inhábil, se consideran presentados al primer día hábil siguiente.
Se precisa que antes de la modificación normativa, los documentos presentados entre las 00:00 horas y las 16:30 horas de un día hábil, se consideraban presentados en el mismo día hábil. Mientras que, los documentos presentados después de las 16:30 horas hasta las 23:59 horas, se consideran presentados el día hábil siguiente.
3. Entrada en vigencia
La norma rige desde el 6 de abril del 2022.
Fuente: El Peruano 05/04/22