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Incentivos tributarios para la industria hotelera y de restaurantes

18 agosto, 2022
Incentivos tributarios para la industria hotelera y de restaurantes

Con el objetivo de incentivar el pago de impuestos y la recuperación del sector turismo, el gobierno peruano promulgo una carga tributaria enfocada a las MYPES del rubro hotelero y de restaurantes. Si bien la premisa del Estado es dinamizar el empleo y la reactivación del sector, los gremios del mismo discrepan de la efectividad de la norma. 

1. Propuesta tributaria

El ejecutivo propuso que las micro y pequeñas empresas que se dediquen a la actividad restaurantera, alojamiento y hoteles pagarán menos impuestos, específicamente el IGV, por un periodo mínimo de 2 años, desde el 1 de septiembre del 2022 hasta el 31 de diciembre del 2024 reduciendo la tasa de un 18% al 8%. 

De acuerdo al planteamiento del gobierno de Pedro Castillo, la reducción del IGV brindará a los pequeños comerciantes la oportunidad de regularizar su situación tributaria y dar un paso más cerca a la formalización.  

2. Discrepancia técnica

La cartera del MEF gestionada por el sr. Oscar Graham rechazó esta iniciativa debido a que considera que existe una distorsión entre la problemática y la solución planteada. Esto se debe a que, de los 114 000 contribuyentes registrados en SUNAT, más del 50% no se encuentran sujetos al pago del IGV debido a que se encuentran en el Régimen Único Simplificado. 

Asimismo, la Sociedad de Comercio Exterior (Comex) sostuvo que, el beneficio final estaría enfocado a empresas que si paguen el IGV de manera regular. Sin embargo, con los regímenes tributarios que existen en la actualidad, la mayoría de estas empresas son categorizadas como “Grandes”. 

Por otro lado, de acuerdo a expertos, esta medida generaría un costo fiscal de S/. 690 millones, que además incentivaría “el enanismo empresarial” por lo que iría en contra de los principios de crecimiento de mercado que apunta el sistema tributario. 

3. No genera ninguna solución

Lamentablemente, esta medida no promueve bajo ningún tipo la reducción de precios al consumidor, debido a que este seguirá pagando un IGV del 18%. Por ello, con el objetivo de cubrir esos 10 puntos de diferencia entre el débito fiscal (las ventas) y el crédito fiscal (Compras) es probable que el empresario lo haga manteniendo los precios regulares. 

Fuente: Actualidad Empresarial 18/08/22