Mediante la Resolución de Intendencia No. 157-2021/SUNAT, la SUNAT dispuso la aprobación de la nueva versión del Programa de Declaración Telemática del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) – Formulario Virtual No. 615.
1. Antecedentes
Mediante la Resolución de Superintendencia No. 19-2021/SUNAT, se aprobó la versión 5.1 del Programa de Declaración Telemática del Impuesto Selectivo al Consumo (PDT ISC) – Formulario Virtual N.º 615, que viene siendo utilizada por los contribuyentes para declarar y determinar la obligación tributaria que les corresponde por dicho impuesto.
Asimismo, conforme a lo previsto en el Decreto Supremo N.º 266-2021-EF, a partir del 1.10.2021 se modificaron los productos afectos a las tasas del 17% y 25% en el sistema al valor del ISC, contenidos en las listas del Literal A del Nuevo Apéndice IV del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, razón por la cual resulta necesario que la SUNAT apruebe una nueva versión del PDT ISC – Formulario Virtual N.º 615;
2. Aprobación, obtención y utilización del nuevo PDT
A través de la presente Resolución se aprueba la versión 5.2 del PDT ISC – Formulario Virtual N.º 615.
Al respecto, la versión 5.2 del PDT ISC – Formulario Virtual N.º 615 se encuentra a disposición de todos los interesados en el portal de la SUNAT en la Internet, cuya dirección electrónica es: http://www.sunat.gob.pe, a partir de la fecha de vigencia de la presente resolución de superintendencia.
La citada versión deberá ser utilizada a partir de la fecha de vigencia de la presente resolución de superintendencia, independientemente del periodo al que corresponda la declaración, incluso si se trata de declaraciones sustitutorias o rectificatorias.
3. ¿Cuándo entra en vigencia el presente PDT?
La presente resolución de superintendencia entra en vigencia a partir del 29 de octubre de 2021.
Fuente: El Peruano 28/10/21