La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT), mediante la Resolución de Superintendencia N° 000293-2024/SUNAT, ha anunciado la ampliación del plazo para que los contribuyentes regularicen el Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE) hasta el 31 de julio de 2025.
¿Qué implica esta ampliación?
La extensión del plazo beneficia a los contribuyentes que, al 31 de diciembre de 2024, estaban obligados a llevar los registros de ventas, ingresos y compras de manera electrónica. Esta medida se encuentra en concordancia con la Resolución de Superintendencia Nacional de Tributos Internos N° 00003-2025-SUNAT/70000, emitida el 31 de enero del 2025, la cual prorrogó hasta el 31 de julio de este año la facultad para sancionar a los contribuyentes que no utilicen el SIRE.
Es decir, esta prórroga permite a los contribuyentes subsanar la generación de los registros y realizar los ajustes necesarios en el SIRE sin enfrentar sanciones.
Recomendaciones para los contribuyentes
- Revisión de registros: Verifique que la información registrada en el SIRE sea precisa y esté actualizada.
- Capacitación: Si aún no está familiarizado con el uso del SIRE, participe en las capacitaciones ofrecidas por la SUNAT.
- Asesoría profesional: Considere consultar a un contador o especialista en tributación para garantizar el cumplimiento adecuado de sus obligaciones.
Conclusión
La ampliación del plazo hasta el 31 de julio de 2025 representa una oportunidad para que los contribuyentes regularicen su situación con el SIRE sin enfrentar sanciones. Es esencial aprovechar este periodo adicional para cumplir con las obligaciones tributarias y evitar posibles penalidades en el futuro.
Para más información y actualizaciones, visite el portal oficial de la SUNAT.
Fuente: El Peruano