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El SET recuerda medidas para implementar el registro de comprobantes

15 febrero, 2022
El SET recuerda medidas para implementar el registro de comprobantes

La Subsecretaría de Estado de Tributación, recuerda las medidas relativas a la implementación del registro de comprobantes. 

1. Implementación gradual del registro de comprobantes

Mediante la Resolución General No. 104 de 2021, se dispusieron medidas administrativas relacionadas a la implementación del Registro Electrónico de los comprobantes de ventas, compras, de ingresos y egresos en el sistema “MARANGATU”.  

En mérito a ello, el SET recuerda a la ciudadanía en general y a los contribuyentes en particular, determinadas medidas: 

  • La falta de confirmación del talón de presentación por parte de los contribuyentes obligados al registro mensual de los comprobantes no será considerada un incumplimiento tributario hasta el 30/04/2022 y 31/07/2022, de acuerdo a los grupos de contribuyentes y periodos fiscales señalados en el Art. 8° de la Resolución General N° 104/2021, por lo que no será un impedimento para solicitar el Certificado de Cumplimiento Tributario, la Autorización de Timbrado de documentos, entre otros. 
  • No será aplicada hasta el 31 de enero de 2023 la sanción por incumplimiento de deberes formales establecida en el artículo 8° de la Resolución General N° 90/2021 en concepto de contravención, a aquellos contribuyentes que realicen en forma tardía la confirmación del talón de presentación, incluyendo a los contribuyentes designados por la Resolución General N° 90/2021. 
  • Los contribuyentes obligados que aún no cuenten con la obligación 955-REG.Mensual Comprob., ó 956-REG.Anual Comprob. de alta en el RUC, podrán igualmente realizar el registro de sus comprobantes y la confirmación respectiva. La Administración Tributaria les incorporará la obligación conforme corresponda en forma gradual, previendo su culminación en el mes de abril/2022. 
  • Lo dispuesto en el artículo 8° de la Resolución General N° 104/2021 aplica igualmente a los contribuyentes designados en la Resolución General N° 90/2021, respecto a los periodos fiscales del 2022, por lo que estos contribuyentes designados debieron cumplir con la obligación del registro de los comprobantes y la confirmación respectiva de los periodos o ejercicios fiscales del 2021 conforme a los plazos señalados en la RG N° 90/2021. 

2. Optimización de procesos

Es importante mencionar que, la optimización de los procesos y el uso intensivo de la tecnología en nuestro sistema tributario nacional, son necesarios para fortalecer la formalidad de los contribuyentes, lograr una mayor transparencia de las operaciones y evitar mecanismos de evasión, hechos que nos perjudican a todos.

El SET agradece la comprensión e insta a los contribuyentes a seguir cumpliendo con sus obligaciones tributarias, para lo cual ha establecido las flexibilidades citadas con anterioridad.

3. Consultas

Para quienes deseen realizar consultas referentes a este y otros temas tributarios, se encuentran disponibles el Contac Center de la SET (021) 729-7000 y la opción “Contáctenos” en www.set.gov.py en el cual puede adjuntar capturas de pantalla de las situaciones identificadas de modo a facilitar la atención de las consultas.  

Fuente: Agencia de Información Paraguaya 15/02/22