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Aspectos económicos y tributarios de las Criptomonedas

24 enero, 2022
Aspectos económicos y tributarios de las Criptomonedas

Con fecha 24 de enero del presente, se publicó en el portal web de “Abc noticias” sobre las criptomonedas en los ámbitos económico y tributario. Veamos: 

1. Comunicado del banco central de Paraguay (BCP)

Se indica en el portal web citado que, el BCP, mediante un comunicado de fecha 31 de mayo del 2019 señaló que, se advierte a los inversionistas que las criptomonedas, al no ser emitidas por el BCP no tienen curso legal ni fuerza cancelatoria alguna. El valor de la criptomoneda se basa en la confianza y su precio varía de acuerdo a la oferta y la demanda. 

2. Mayor uso de las criptomonedas en los últimos años

En los últimos años, el uso de las criptomonedas ha aumentado como herramienta de inversión y a la vez como medio de pago, por lo que, los órganos del Estado tienen el desafío de analizar la utilización de las criptomonedas, desde el punto de vista legal, económico y fiscal. 

3. Definición de criptoactivos según la OCDE

A través del Proyecto OCDE/G20 del 2014, la OCDE definió los activos digitales o virtuales, en específico la moneda virtual, como toda unidad digital de intercambio que no esté respaldada por la moneda de curso legal emitida por algún gobierno, las cuales pueden, en sectores específicos de la economía, cambiarse por monedas físicas reales o utilizarse para adquirir bienes y servicios tangibles, mediante intercambios que pueden llevarse a cabo terceras partes. 

4. La criptomoneda según el GAFI

De acuerdo al Grupo de Acción Financieras Internacional (GAFI), la criptomoneda, criptoactivo o criptodivisa es la representación digital del valor no emitida ni garantizada por un BCP ni por una autoridad pública, no necesariamente asociada a una moneda de curso legal, que no tiene la consideración de moneda o divisa, pero es aceptada por personas físicas o jurídicas como medio de pago y que puede transferirse, almacenarse o negociarse por medios electrónicos. 

5. Características de las criptomonedas

A todo lo señalado, hay que agregar que, las criptomonedas no constituyen valores que sean objeto de oferta pública, ni se encuentran representadas en un título físico. Las transacciones utilizan la tecnología blockchain que permite validar las transacciones de manera directa. 

6. Aspectos tributarios

La gravabilidad sobre una operación con criptmonedas dependerá si se trata de una compraventa o una permuta, acorde al objeto de cambio. 

El Impuesto a la Renta Empresarial (IRE) grava, a través del artículo 1° de la Ley N° 6380/19, todas las rentas, los beneficios o las ganancias de fuente paraguaya que provengan de todo tipo de actividades económicas, primarias, secundarias y terciarias, incluidas las agropecuarias, comerciales, industriales o de servicios, así como las rentas generadas por los bienes, derechos, obligaciones, así como los actos de disposición de estos y todo incremento patrimonial del contribuyente. 

Las rentas percibidas por empresas provenientes de operaciones con criptomonedas se enmarcarán en el hecho generador de la obligación tributaria que confirma su gravabilidad, por lo que, conforme el artículo 21 de la Ley N° 6380/19, deberán abonar la tasa del impuesto del 10% por las rentas provenientes del incremento patrimonial derivado de la tenencia de dichos activos o provenientes de la compraventa. 

Fuente: ABC.com 24/01/22