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Nuevo régimen de amnistía tributaria

18 junio, 2024

El pasado 12 de junio de 2024, el Congreso aprobó el nuevo Proyecto de Ley No. 07536/2023-CR que pretende implementar un Régimen Especial del Impuesto a la Renta. 

¿Qué se busca con este nuevo régimen?

La finalidad es que las personas naturales, sucesiones indivisas o sociedades conyugales que optaron por tributar como tales y se encuentren domiciliadas en el país, regularicen la declaración de sus rentas y/o realicen la repatriación de las mismas. También sería aplicable a cualquier incremento patrimonial que no tenga justificación.  

¿Qué implica la repatriación de rentas?

Consiste en la declaración y pago de aquellas rentas generadas en el extranjero que se encontraban afectas al Impuesto a la Renta pero que no fueron retenidas ni pagadas. 

Tasas aplicables

Rentas no declaradas que se hayan generado hasta el 31/12/2023.  

10% 
Repatriación de rentas 

7% 

Acogimiento al régimen

El contribuyente podría acogerse al presente régimen hasta el 29 de diciembre de 2024 presentando el formulario de declaración jurada que establezca la SUNAT. 

Declaración y rectificatoria

En dicho formulario, el contribuyente declarará los ingresos netos no declarados, aplicará las tasas antes señaladas y procederá con el pago del impuesto determinado. Además, estaría habilitado de rectificar su declaración original hasta el 30 de junio de 2025, siempre que no determine una menor base imponible. 

Efecto del acogimiento y pago del impuesto

Se entenderán cumplidas todas las obligaciones tributarias del Impuesto a la Renta respecto a las rentas no declaradas; por lo tanto, SUNAT no podrá establecer obligaciones tributarias relacionadas con estas rentas ni establecer infracciones o sanciones.  

Fuente: Proyectos de Ley