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Norma Peruana de información financiera para las microempresas

29 enero, 2024

Mediante Resolución No. 001-2024-EF/30, publicada con fecha 29 de enero de 2024, se aprobó la Norma Peruana de Información Financiera para las Microempresas (NPIF), que entrará en vigencia el 1 de enero de 2025.

En búsqueda del cumplimiento de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), el Consejo Normativo de Contabilidad ha dispuesto la presente norma que pretende ofrecer a las microempresas un marco simplificado de contabilidad de acumulación o devengo. En ese sentido, se establece que las microempresas deberán elaborar y presentar los siguientes estados financieros de manera periódica: (i) Estado de Situación Financiera; (ii) Estado de Resultados; (iii) Estado de Cambios en el Patrimonio; y (iv) Estado de Flujos de Efectivo.

Al respecto, recordar que, para efectos de esta norma, serán considerados como microempresas toda aquella empresa que obtenga ingresos anuales hasta 150 UIT.

Fuente: Consejo Normativo de Contabilidad