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Cuotas del impuesto especial sobre producción y servicios

23 diciembre, 2021
Cuotas del impuesto especial sobre producción y servicios

A través del acuerdo 173/2021, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público actualizaron las cuotas que se especifican en materia del impuesto especial sobre producción y servicios para 2022. 

1. Vigencia de la actualización

Según la normativa, la cuota por cigarro aplicable a tabacos labrados estará vigente a partir del 1 de enero del 2022. En ese sentido, las cuotas aplicables a los combustibles automotrices serán;

Combustibles fósilesCuotaUnidad de medida
Gasolina menor a 91 octanos5.4917Peso por litro
Gasolina mayor o igual a 91 octanos4.6375Peso por litro
Diésel6.0354Peso por litro
Combustibles no fósiles4.6375Peso por litro

Por otro lado, las cuotas aplicables a los combustibles fósiles a que se refiere el artículo 2o., fracción I, inciso H) de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, que estarán vigentes a partir del 1 de enero de 2022, serán siguientes: 

Combustible Fósiles CuotaUnidad de medida 
Propano8.2987  Centavos por litro
Butano10.7394 Centavos por litro
Gasolinas y gasavión14.5560Centavos por litro
Turbosina y otros keresenos17.3851Centavos por litro
Diésel17.6624Centavos por litro
Combustóleo18.8469Centavos por litro
Coque de petróleo21.8784Pesos por tonelada
Coque de carbón51.2901Pesos por tonelada
Carbón mineral38.6201Pesos por tonelada
Otros Combustibles fósiles55.8277Pesos por tonelada de carbono que
contenga el combustibles
Fuente: Diario Oficial de la Federación 23/12/21