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Prórroga de contratos para el ejercicio fiscal

30 diciembre, 2021
Prórroga de contratos para el ejercicio fiscal

Con fecha 30 de diciembre del presente, el Ministerio de Finanzas Públicas emitió el Acuerdo Gubernativo Número 291-2021, por la cual se acuerda lo siguiente: 

1. Prórroga de contratos para el ejercicio fiscal

Los contratos tendrán que estar vigentes al 31 de diciembre de 2021 y para su prórroga, la Institución deberá contar con la correspondiente asignación en el presupuesto de egresos del ejercicio fiscal 2022.

La prórroga procederá únicamente en aquellos casos en que sea estrictamente necesario que los servicios continúen brindándose durante el ejercicio fiscal 2022 y siempre que prevalezcan las mismas condiciones que dieron origen a la suscripción del contrato, y que el puesto, especialidad o unidad administrativa en la que fue contratado el servicio no se haya modificado. 

2. Formalización de contratos

La prórroga del contrato se formalizará a través de la emisión del respectivo Acuerdo Interno de la Institución, por lo que no será necesaria la suscripción de actas ni la emisión de formularios de movimiento de personal. 

3. Acuerdo interno

En el Acuerdo Interno deberá consignarse que la prórroga de los contratos, no obliga a las Autoridades Nominadoras a mantener su vigencia durante el ejercicio fiscal 2022, en virtud que podrán darlos por finalizados en cualquier momento y por ocurrir cualquiera de las causas de terminación estipuladas en el contrato, así como por modificación de la estructura interna y faltas en el servicio. 

4. Evaluación de actividades

Durante el ejercicio fiscal 2022 y bajo la responsabilidad de la Autoridad Nominadora de cada Institución se continuará con el proceso de supresión-creación de puestos del Plan de Clasificación de Puestos del renglón de gasto 022 Personal por contrato al renglón de gasto 011 Personal Permanente, por lo que las instituciones que aún no han cumplido con esta disposición, quedan obligadas evaluar las actividades asignadas a los puestos con cargo al renglón de gasto 022 Personal por contrato y de establecer que, conforme a las necesidades institucionales, esas actividades se consideran de carácter permanente, deben realizar los trámites para crear los puesto con cargo al renglón de gasto 011 Personal Permanente. 

Fuente: Diario de Centro de América 30/12/21