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Incorporaciones al Régimen de Factura Electrónica en Línea

19 octubre, 2021
Incorporaciones al Régimen de Factura Electrónica en Línea

Con fecha 19 de octubre del 2021, se publica en el Diario de Centro América, la Resolución de Superintendencia N° SAT-DSI-1074-2021, por la cual el SAT, en su facultad para controlar las relaciones jurídico-tributarias, determina incorporaciones al Régimen de Factura Electrónica en Línea FEL.

1. Antecedente normativo

Que, a través del Acuerdo de Directorio N° 13-2018, se implementó el Régimen de Factura Electrónica en Línea FEL, para la emisión, transmisión, certificación y conservación por medios electrónicos de facturas, notas de crédito y débito, recibos y otros documentos autorizados por la SAT.

2. Incorporación al régimen de factura electrónica FEL

Se dispone incorporar al Régimen de Factura Electrónica FEL a las personas individuales y jurídicas que provean bienes o servicios relacionados a la salud y asistencia social, siendo los siguientes:

  1. Establecimientos de atención para la salud, establecimientos de productos farmacéuticos o medicamentos, clínicas y depósitos dentales, droguerías, distribuidoras, farmacias y similares.
  2. Centros y servicios de prevención, recuperación y rehabilitación.
  3. Laboratorios, unidades o centros de análisis o diagnóstico.
  4. Bancos de sangre y servicios de medicina transfusional.
  5. Profesionales universitarios, técnicos y auxiliares.
  6. Quienes importen, fabriquen o comercialicen equipos, instrumentos, prótesis, implantes, órtesis, ayudas funcionales y cualquier otro producto farmacéutico y afin.

3. Sujetos exceptuados

Se exceptúan de la obligación establecida en el numeral anterior a las entidades del Sector Público.

4. Entrada en vigencia

La norma rige a los 3 meses siguientes contados desde el 19 de octubre del 2021.

Fuente: Diario de Centro América 19/10/21