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Reforman Ley de creación del fideicomiso para recuperación de empresas

15 noviembre, 2021
Reformas a la Ley de creación del fideicomiso para recuperación de empresas

Con fecha 8 de noviembre del presente, se publicó en el Diario Oficial San Salvador, el Decreto N° 191, por el cual se realizan reformas a la ley de creación del fideicomiso para la recuperación económica de las empresas salvadoreñas.

1. Programa especial de subsidio en beneficio de comerciantes

Se adiciona en el Art. 1, inciso segundo, las letras h) e i), conforme lo siguiente:

  • Se incluye en el Programa especial de subsidio para beneficiar a los comerciantes que poseen locales o puestos debidamente legalizados ante la Alcaldía Municipal de San Salvador y que se vieron afectados producto del incendio acaecido en el mes de setiembre de 2021.
  • Se incluye también a los empresarios para desarrollar un proyecto de contratos de aprendizaje y subsidio para el empleo, dirigido a jóvenes entre 18 y 21 años, sin experiencia laboral y/o personas de 40 años en adelante, con un período de cesantía mayor a 18 meses.

2. Apoyo a centros escolares y de enseñanza

El Programa especial que señala la norma podrá apoyar a escolares y/o de enseñanza privados; así como las universidades que demuestran afectación por la crisis generada por la pandemia, los créditos otorgados a dichas instituciones educativas, podrán ser otorgados para capital de trabajo y formación de capital y las condiciones de elegibilidad de los solicitantes de los fondos de esta asignación especial; así como las particularidades de las líneas de financiamiento, a propuesta del Fiduciario, pudiendo incluir a empresas o empresarios e instituciones sin fines de lucro.

3. Otras adiciones normativas

Se adicionan las letras h) e i) en el Artículo 3, sobre subsidios provenientes del remanente de programas de subsidios de Firempresa disponibles a la fecha, con el propósito de beneficiar a los comerciales que poseen locales o puestos. Asimismo, se dispone el apoyo a los empresarios para desarrollar un proyecto de contratos de aprendizaje y subsidio para el empleo. 

El subsidio se hará efectivo, a través de la entrega de 3 cuotas dentro del plazo que corresponda a los primeros 3 meses de contratación del empleado. El patrono estará en la obligación de complementar el salario del empleado hasta el equivalente al valor del salario mínimo vigente. Una vez culminado el período de los 3 meses a subsidiar, el patrono evaluará el desempeño del empleado y de ser positivo, garantizará su estabilidad laboral.

4. Entrada en vigencia

La norma rige desde el 8 de noviembre del 2021.

Fuente: Diario Oficial 15/11/21