contacto@vag-global.com

Declaración del IR: corporaciones y fundaciones de utilidad pública

2 febrero, 2022
Declaración del IR para corporaciones y fundaciones de utilidad pública

Con fecha 2 de febrero del presente, el MINISTERIO DE HACIENDA de El Salvador, emitió un aviso por la cual señala lo siguiente:  

Exhortación de la DGII

El Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General de Impuestos Internos, exhorta a las corporaciones y fundaciones de utilidad pública que se encuentren calificadas como sujetos excluidos del pago del Impuesto sobre la Renta, de conformidad con el artículo 6 literal c) inciso segundo de la Ley del Impuesto en referencia, a lo siguiente: 

  • La exclusión como sujeto pasivo de la obligación sustantiva, no les exime de las obligaciones formales, por lo que su incumplimiento las hace acreedoras a las respectivas sanciones conforme a la ley, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 6 inciso final del Reglamento de la Ley de Impuesto sobre la Renta. 
  • Están obligadas a presentar la declaración del Impuesto sobre la Renta en atención a lo establecido en el artículo 100 del Código Tributario, debiendo incorporar a la misma, la totalidad de los ingresos y gastos del ejercicio fiscal. 
  • Deberán mantener actualizada la información básica en los registros de la Administración Tributaria, lo que incluye la nómina de los miembros que integran las mismas. 
  • Que se encuentra disponible el nuevo formulario para presentar su Declaración del Impuesto sobre la Renta (F11v16), el cual se les habilitará de manera automática al momento de la elaboración en línea. 

Toda consulta al respecto, realizarla al Call Center: 2244-3444, al WhatApp: 7073-8510 o a los correos electrónicos: asistenciadgii@mh.gob.sv y declaracioninternet@mh.gob.sv.

Fuente: Ministerio de Hacienda 02/02/22