contacto@vag-global.com

Modificaciones a la resolución NAC-DGERCGC21-00000062

5 enero, 2022
Modificaciones a la resolución NAC-DGERCGC21-00000062

A través de la Resolución NAC-DGERCGC22-00000001, el Servicio de Rentas Internas modificó la Resolución NAC-DGERCGC21-00000062 la cual establece las normas para la declaración y pago de las Contribuciones Temporales para el Impulso Económico y sostenibilidad Fiscal Post Covid-19. 

1. Antecedente Legislativo

Mediante la Ley Orgánica para el Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal se establecieron las Contribuciones Temporales para la recuperación económica, esto con el objetivo de combatir la pandemia ocasionada por el Covid-19. 

En ese sentido, en la norma se estableció que, la declaración y pago de la contribución temporal sobre el patrimonio de los contribuyentes se deberá realizar hasta el 31 de marzo del ejercicio fiscal de 2022, de conformidad con las condiciones y requisitos que establezca el Servicio de Rentas Internas. 

Cabe señalar que, el retraso en el pago de la contribución, siempre se encontrará sujeto al cobro de los intereses y multas que correspondan de conformidad con el Código Tributario. 

2. Modificaciones realizadas

Tras lo expuesto, la normativa citada en la presente nota procedió a modificar la No. NAC-DGERCGC21-00000062 respecto el artículo 4° de la misma, en donde se menciona que, en adelante, el valor pagado por concepto de “Contribuciones Temporales” no servirá como crédito tributario para el pago de impuestos, ni será deducible para dichos efectos. 

Por otro lado, se enuncia también que, en caso que los contribuyentes deban registrar una provisión por efectos del pago de la Contribución Única y Temporal sobre el Patrimonio de las Sociedades, el gasto contable atribuible a esta provisión deberá ser considerado como no deducible y no dará derecho al reconocimiento de un impuesto diferido. 

Fuente: TN.com 05/01/22