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El RIMPE genera un alta expectativa por su pronta entrada en vigencia

7 diciembre, 2021
El RIMPE genera un alta expectativa por su pronta entrada en vigencia

El nuevo Régimen Simplificado para Emprendedores y Negocios Populares (RIMPE), es una combinación entre el Régimen Impositivo Simplificado Ecuatoriano (RISE)  y el Régimen Impositivo Microempresas (RIM), destinado a negocios populares y emprendedores, y se encuentra pronto de entrar en vigor.

1. Sobre la Ley Orgánica para el Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal

La mencionada Ley fue promulgada con fecha 29 de noviembre de 2021. A través de ella se derogó el RISE y el RIM, dando paso y creando al nuevo régimen denominado RIMPE. 

2. ¿Qué negocios podrán aplicar a este nuevo Régimen?

El RIMPE aplicará a negocios y emprendimientos con ingresos desde $ 0 hasta $300.000. Los cuales se dividirán en dos segmentos, los de $0 a $20.000 entran en la categoría de negocios populares, mientras que los de $20.001 a $300.000 son emprendimientos.

De acuerdo a El Universo, el Jurista Andrés Lopez explicó que en el caso de Ecuador desde el 2007 se manejaba el RISE, que funcionó muy bien y con una tabla progresiva, pero que solamente aplicaba para negocios que recibían ingresos hasta $60.000. 

En 2019 el gobierno de Lenín Moreno puso en vigencia EL RIM, que consistía en pagar una tarifa fija de 2 % de lo facturado. Tanto el RISE como el sistema del 2 % eran regímenes presuntivos, y por tanto se calculan con respecto al ingreso. 

Lamentablemente, este último régimen funcionó muy mal y sobre todo en un año de pandemia, donde hubo una gran contracción económica, recuerda.

3. Sobre qué impuesto se aplica el RIMPE

El citado jurista señala que este nuevo régimen se refiere al impuesto a la renta, por lo que en el reglamento debería aclararse qué pasa con los contribuyentes que por ciertos motivos no tienen ganancias. Ellos deberían poder quedar exentos, si pueden demostrar de manera clara con un seguimiento de ingresos y gastos y los cruces respectivos con el Servicio de Rentas Internas (SRI), sostiene el experto.

4. Aspectos a tomar en cuenta para usar el RIMPE

Según la normativa, los que se acojan al RIMPE deben tomar en cuenta lo siguiente: 

  • No pueden acogerse a este régimen simplificado quienes se dedican a prestación de servicios, mandatos y representaciones, transporte, actividades agropecuarias, comercialización de combustibles ni quienes tienen relación de dependencia, entre otros.
  • Para los emprendimientos, se establece que estos podrán pertenecer a este régimen solamente tres años. Además si un emprendimiento llega a facturar más de $300.000, entonces debe salir del Rimpe y acogerse al sistema ordinario de pago de impuesto a la renta. Si un emprendimiento sale, ya no podrá regresar a dicho régimen.
  • La tabla impositiva obliga a pagar a los negocios que tienen ingresos de hasta $20.000, $60 al año, un equivalente de $5 al mes. La tarifa de pago va entonces desde 60 a 2.797 (cuando se trata de un segmento que tiene ingresos desde $200.000 a $300.000. Pero además hay un pago marginal que va de 0 % a 2 %.

Para finalizar, se está a la espera de la publicación del Reglamento para poder conocer todo el universo y funcionamiento de este nuevo Régimen.

Para leer la nota completa, puede hacer click aquí.

Fuente: El Universo 07/12/21