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Exención de impuestos para organización del mundial Femenino Sub-20

12 enero, 2022
Exención de impuestos para organización del mundial Femenino Sub-20

A través de la Ley N° 10085, la Asamblea Legislativa Costa Rícense estableció la exención de impuestos para la organización, realización y promoción de la copa mundial femenina Sub-20 de la FIFA COSTA RICA 2022.

1. Objetivo de la norma

La ley tendrá por objetivo regular el trato migratorio que recibirán las delegaciones, organizadores, voluntarios y personas extranjeras que aporta la FIFA que se encuentren relacionadas con la Copa Mundial Femenina Sub – 20 de la FIFA 2022. 

De igual manera, se verá el tratamiento tributario y aduanero del cual serán objeto las actividades, los bienes y los servicios requeridos para la realización, la organización y las actividades preparatorias necesarias para la inauguración, el desarrollo y la clausura de dicho evento. 

2. Alcance de la Ley

Tal y como señala la norma, las exenciones planteadas, serán aplicables para la (as); 

  1. Asociación anfitriona-Federación Costarricense de Fútbol: se refiere a la Asociación Nacional de Fútbol oficialmente afiliada a la FIFA en Costa Rica, que es responsable de la preparación y el desarrollo de la competencia y otros eventos, reconocida por la FIFA. 
  2. Asociaciones participantes FIFA: las representaciones nacionales de fútbol oficialmente afiliadas a la FIFA de los países que participen en la competición. 
  3. Afiliados comerciales oficiales de la FIFA: las personas jurídicas que posean un contrato suscrito con la FIFA, para el patrocinio de los eventos FIFA a nivel mundial. 
  4. FIFA: Federación Internacional de Fútbol Asociado (FIFA), como una asociación de origen suizo, es el organismo gobernante mundial del deporte del fútbol, así como de las filiales FIFA. 
  5. Listado de las personas que aporte la FIFA: las personas físicas y jurídicas oficialmente acreditadas por la FIFA para participar en los eventos relacionados con el mundial. 
  6. Organismos de radiodifusión o comunicación del anfitrión FIFA: cualquier entidad jurídica autorizada o designada por la FIFA o por los concesionarios o las personas designadas de la FIFA, en relación con la producción de cualquier contenido y/o material de sujeción a cualquier derecho de comunicación. 
  7. Patrocinador nacional del evento persona jurídica constituida en territorio nacional, debidamente reconocida por FIFA como patrocinador del evento. 

3. Exenciones Impuestas

La normativa plantea la exención de los siguientes impuestos:

  • Exenciones a los impuestos de entrada y salida: Se concederá la exención de los impuestos de entrada y salida del país por vía aérea y terrestre a los integrantes de las delegaciones, organizadores, voluntarios internacionales y la lista de personas extranjeras que aporta la FIFA con motivo de la Copa Mundial Femenina Sub – 20 de la FIFA 2022. 
  • Exenciones a acreditaciones y uniformes: Estarán exentos los impuestos relativos a la importación de los artículos e implementos destinados a identificar, acreditar o uniformar a los miembros de la FIFA, periodistas o comunicadores, delegaciones o personas voluntarias que participarán en las actividades relacionadas con la Copa Mundial Femenina Sub-20 de la FIFA 2022. 
Fuente: Portal Imprenta Nacional 12/01/22