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Asamblea propone sustitución del cierre de negocios por multas

3 diciembre, 2021
Asamblea propone sustitución del cierre de negocios por multas

A través de la columna web “Política” del portal “La Nación”, Josué Bravo comentó respecto el proyecto de reforma legal planteado por la Asamblea Legislativa, el cual busca sustituir los cierres de negocios por multas de ¢115.000 para quienes hayan cometido faltas tributarias, como medida paliativa ante los efectos de la pandemia de la covid-19.

1. Aplicación del proyecto

Según lo comentado en la columna web, la sustitución se aplicaría en los procesos que la Dirección General de Tributación haya iniciado antes del 30 de junio del 2021, siempre que el negocio se encuentre al día con el resto de obligaciones tributarias distintas a la que originó el proceso.

Por otro lado, quienes no estén al día con esas obligaciones, recibirán un plazo de tres meses para cumplir con sus obligaciones. En el supuesto en que esto no se realice, se procederá a iniciar con la ejecución del cierre o a la reanudación del trámite del proceso sancionador hasta su finalización.

2. Conflictos con la norma

La iniciativa fue planteada por la agrupación de Carlos Alvarado, y recibió críticas positivas por parte de los diputados de la Comisión Legislativa de Asuntos Económicos. Sin embargo, la oposición cuestionó que el plan de la norma impediría la ejecución de todas aquellas sanciones de cierre que ya estén en firme, pero no han sido ejecutadas, además de las que estén en curso.

3. Alcance de la Ley

En el caso que un negocio desee acogerse al régimen planteado por la normativa, el agente no podrá estar en mora con el pago de impuestos adicionales a los que generan la sanción. Con lo expuesto, Hacienda solventará el interés de fiscalizar, verificar y recaudar los tributos, mientras que al negocio se le evitaría un mayor daño económico luego de los efectos sufridos por los cierres sanitarios debido a la pandemia.

4. Vigencia de la norma

Según lo planteado, la norma sería temporal, con una vigencia de tres meses a partir de su publicación en La Gaceta. Es decir, en ese tiempo los negocios podrían realizar el proceso para aplicar al beneficio.

Fuente: La Nación 03/12/21