El 4 de julio de 2024, el Congreso emitió la Ley No. 32089, mediante la cual se delega al Poder Ejecutivo facultades de legislar en materia de reactivación económica, simplificación y calidad regulatoria, actividad empresarial del estado, seguridad ciudadana y defensa nacional.
En materia tributaria, se delega respecto a los siguientes puntos:
1. TRIBUTACIÓN DE MODELOS DE NEGOCIOS BASADOS EN ECONOMÍA DIGITAL
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Modificaciones al TUO de la Ley del IGV e ISC.
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Implementación de un mecanismo de recaudación del IGV, con proveedores o intermediarios de bienes y servicios no domiciliados en el marco de la economía digital y adaptar la regulación del impuesto.
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Incorporar a los juegos de distancia y apuestas deportivas a distancia al gravamen del ISC. |
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Modificaciones a la Ley No. 31557, Ley que regula la explotación de los juegos a distancia y las apuestas deportivas a distancia |
Establecer la entrega de bonificaciones de bienvenida, llevado de contabilidad, determinación y recaudación del impuesto, entre otros. |
2. PERFECCIONAMIENTO DEL SISTEMA TRIBUTARIO |
Modificaciones al TUO de la Ley del IGV y a la Ley No. 29215 y Código Tributario. |
Referidas a la anotación de operaciones en el registro de compras. |
Obligación a entidades del Poder Ejecutivo. |
Establecer que las entidades del Poder Ejecutivo deben aplicar obligatoriamente la metodología de determinación de costos de procedimientos administrativos y servicios prestados. |
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Modificar el artículo 98 del Código Tributario. |
En lo que se refiere a la composición del Tribunal Fiscal. | |
Modificaciones a la LIR |
Establecer la obligación de efectuar pagos a cuenta para las personas naturales, sucesiones indivisas o sociedades conyugales que perciban rentas de segunda categoría por enajenaciones indirectas. |
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Perfeccionar las normas de acuerdos anticipados de precios, del acuerdo a la acción 14 del proyecto BEPS de la OCDE. |
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Modificar los métodos de valoración de las normas de precios de transferencia. | ||
Simplificar la inscripción del RUC a personas jurídicas no domiciliadas y entes jurídicos constituidos en el extranjero que deban presentar la declaración del beneficiario final. |
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Aprobar el fraccionamiento especial para deudas e incentivar el pago con bonos de descuento. |
Fuente: El Peruano 22/07/24