contacto@vag-global.com

Recomendaciones para la protección laboral ante Covid-19

26 enero, 2022
Recomendaciones para la protección laboral ante Covid-19

Con fecha 13 de enero del presente, se publicó en el Diario Oficial de Colombia, la Circular Conjunta 00000004 de 2022, por el cual se emiten recomendaciones para la protección laboral durante el cuarto pico de la pandemia por Sars-CoV-2 (Covid-19). Veamos: 

1. Medidas de bioseguridad

En atención a los “Lineamientos para el uso de pruebas diagnósticas para SARS-CoV-2 (Covid-19) en Colombia Versión 10” se insta a los destinatarios a lo siguiente: 

  • Extremar las medidas de bioseguridad para proteger la salud y disminuir la demanda de servicios y tecnología en salud. 
  • Los empleadores no exigirán una prueba Covid-19 como requisito para regresar a desempeñar las actividades laborales al culminar el aislamiento. 
  • Corresponde a empleadores y trabajadores ser solidarios y procurar el cuidado integral de salud y de la comunidad. 
  • Observar las medidas de protección laboral contenidas en otras circulares. 
  • Permitir el aislamiento obligatorio, temprano y de forma inmediata tanto en personas sintomáticas como asintomáticas. 

2. Personas sintomáticas

Deben realizar aislamiento por 7 días desde el inicio de los síntomas. No requiere de prueba diagnóstica a excepción de las personas de 60 años o más, menores de 3 años o personas con factores de riesgo, aunque en todos los casos el aislamiento debe siempre comenzar desde el inicio de síntomas. 

Sobre el certificado de aislamiento o el certificado de incapacidad, se recuerda que el mismo acredita una incapacidad temporal del trabajador para desempeñar su actividad laboral. 

3. Personas asintomáticas

Son aquellas personas que tienen contacto estrecho de un caso confirmado de Covid-19, que tienen esquema incompleto de vacunación o sin vacuna, deben aislarse 7 días desde el primer día de exposición. 

Para efectos de la expedición del certificado de incapacidad o del certificado de aislamiento, se sugiere ordenar la toma de prueba para Covid-19. Si el resultado de la prueba es negativo se suspenderá el aislamiento y podrá el trabajador reintegrarse a las actividades presenciales. 

Los contactos estrechos asintomáticos con esquema de vacunación completa no requieren aislamiento ni toma de prueba. 

Fuente: Diario Oficial 26/01/22