Con fecha 16 de noviembre del presente, se publicó en el Diario Oficial de Colombia, la Resolución N° 100-007108 de 2021, por la cual, la Superintendencia de Sociedades expide y adopta los manuales de usuario para tramitar los procesos, procedimientos y trámites de insolvencia, a través de mecanismos digitales y del uso y aprovechamiento de las tecnologías de la información y las comunicaciones.
1. Uso de formatos y medios virtuales y tecnológicos
Las solicitudes de inicio del proceso de Liquidación Judicial en la Ley 1116, deberán presentarse preferentemente por el aplicativo Módulo de Insolvencia disponible en www.supersociedades.gov.co .
2. Eliminan las solicitudes físicas
Se dispone que, a partir del 1 de diciembre de 2021, no será posible radicar una solicitud de Liquidación Judicial mediante radicación física en las ventanillas de la entidad o mediante envío al correo electrónico anteriormente usado.
3. Uso del aplicativo módulo de insolvencia
El uso del aplicativo Módulo de Insolvencia para la admisión en línea a un proceso de Liquidación Judicial se hará de conformidad con los términos señalados por la Superintendencia de Sociedades.
Cabe precisar que, se aprueba el Manual Operativo del Usuario para el proceso de liquidación judicial, ante la Superintendencia de Sociedades.
4. Actualización
La permanente actualización del formato de solicitud del proceso de Liquidación Judicial y de su correspondiente Manual Operativo, estará a cargo de la Dirección Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, con el apoyo de la Delegatura de Procedimientos de Insolvencia y la Oficina Asesora de Planeación.
5. Condiciones fiscales
La norma entra en vigencia a partir del 16 de noviembre del presente año.
Fuente: Diario Oficial 23/11/21