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Instruyen sobre Fiscalización de Declaraciones de los impuestos

27 diciembre, 2021
Instruyen sobre Fiscalización de Declaraciones de los impuestos

Con fecha 20 de diciembre del presente, el Servicio de Impuestos Internos publicó la Resolución Exenta SII N° 139, por la cual se instruye sobre facultades de los funcionarios fiscalizadores para efectuar actuaciones propias de su cargo relacionadas a la aplicación y fiscalización de declaraciones de los impuestos. Veamos: 

1. Impuestos a las herencias

Que, el artículo 50 de la Ley N° 16.271, sobre Impuesto a las Herencias, Asignaciones y Donaciones, dispone que, una vez presentada la declaración del impuesto y con el sólo mérito de los antecedentes presentados, el Servicio deberá proceder al giro inmediato del mismo, sin perjuicio de ejercer posteriormente sus facultades de fiscalización. 

2. Derecho a las actualizaciones del SII

Se dispone que el SII deberá adoptar las medidas necesarias que permitan resguardar el derecho a que las actuaciones del SII se efectúen en la forma que sea menos costosa para el contribuyente, considerando los principios de eficiencia y eficacia y considerando el uso de los medios tecnológicos disponibles.  

Los funcionarios fiscalizadores del SII podrán efectuar cualquier tipo de actuación propia de su cargo o función, relativas a la aplicación y fiscalización de los impuestos establecidos en la Ley N° 16.271 sobre Impuesto a las Herencias, Asignaciones y Donaciones, incluso fuera de su jurisdicción territorial, de conformidad a la ley.  

3. Fiscalizaciones de las declaraciones de impuestos

Los funcionarios fiscalizadores de la Dirección Regional con jurisdicción en el domicilio de cualquiera de los asignatarios de una herencia de un mismo causante, y que se encuentren a cargo de la fiscalización de las declaraciones de los impuestos establecidos en la Ley N° 16.271 sobre Impuesto a las Herencias, Asignaciones y Donaciones, podrán realizar las actuaciones que correspondan a dichas materias respecto de todos los asignatarios que participan de la misma masa hereditaria.  

La regla anterior será aplicable respecto de los contribuyentes del Impuesto a las Donaciones, en aquellos casos en que se done a más de un donatario en el mismo acto (por ejemplo, mediante un mismo trámite judicial de insinuación). 

Fuente: Servicio de Impuestos Internos 27/12/21