Mediante la Resolución EX. SII N° 03, de fecha 11 de enero de 2022, la Subdirección de Gestión Estratégica y Estudios Tributario del Servicio de impuestos Internos dispone la aprobación de la adenda al Convenio de Colaboración entre la citada institución y el Ministerio de Desarrollo Social y Familia.
1. Relación entre el SII y el Ministerio de Desarrollo Social y Familia
En primer lugar, el Servicio de Impuestos Internos,tiene como misión la aplicación y fiscalización de todos los impuestos internos actualmente establecidos o que se establecieran, fiscales o de otro carácter en que tenga interés el Fisco y cuyo control no esté especialmente encomendado por ley a una autoridad diferente.
En segundo lugar, el Ministerio de Desarrollo Social y Familia tiene entre sus funciones colaborar con el Presidente de la República en el diseño y aplicación de políticas, planes, y programas en materia de equidad y/o desarrollo social, especialmente aquellas destinadas a erradicar la pobreza y brindar protección social a las personas, familias o grupos vulnerables en distintos momentos del ciclo vital, promoviendo la movilidad e integración social y la participación con igualdad de oportunidades en la vida nacional.
En este sentido, el Servicio de Impuestos Internos y el Ministerio de Desarrollo Social y Familia, han acordado suscribir el presente Addendum al convenio de colaboración a fin de contribuir al logro de una gestión más eficiente de las funciones que sus respectivas normas orgánicas les han asignado.
2. Objetivos
Conforme lo ha señalado la adenda, se tiene entre objetivos:
- Permitir el uso del proceso de autenticación “Clave Tributaria” del SERVICIO, con el fin de que los usuarios, puedan acceder y utilizar la plataforma del Ministerio en primera instancia mediante el uso de servidores externos.
- Potenciar el modelo de integración e interoperabilidad tecnológica entre los órganos de la Administración del Estado y los organismos privados de interés público.
Este tipo de integración entre las instituciones permitirá una mejor comunicación entre los órganos y una mejor gestión tributaria sobre los contribuyentes.
Para leer la adenda completa puede hacer click aquí.
Fuente: Servicio de Impuestos Internos 12/01/22