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Piden actualizar datos a contribuyentes con actividades digitales

8 noviembre, 2021
Piden actualizar datos a contribuyentes con actividades digitales

Con fecha 5 de noviembre del presente, el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) informó que solicitó a los contribuyentes que ya registran la venta de bienes y servicios a través de medios digitales en Bolivia, que actualicen la información de las actividades económicas en el Padrón Nacional de Contribuyentes Biométrico Digital (PBD) en un plazo de 60 días, pero descartó un nuevo impuesto.

1. Contexto del supuesto «Impuestazo»

De acuerdo al portal web de “paginasiete”, el comunicado del SIN  salió a la luz luego de que opositores, entre ellos los diputados Marcelo Pedraza  y Luisa Nayar, de Comunidad Ciudadana (CC),  denunciaron un supuesto “impuestazo” o cobro de tributos a los servicios digitales y  plataformas de estudio por internet.

Ante ello, el presidente ejecutivo del SIN, Mario Cazón, rechazó aquellas versiones. “No es competencia del SIN crear impuestos. La ley crea impuestos, la Asamblea Legislativa Plurinacional le pasa al Ejecutivo para que el Presidente lo promulgue;  nosotros no hemos creado ningún impuesto, lo único que hemos hecho es adecuar nuestro clasificador de actividades a la realidad actual”, aseveró.

2. RND N° 102100000020

La disposición está contemplada en la Resolución Normativa de Directorio (RND) Nº 102100000020 de 4 de noviembre de 2021, el cual sólo incluye a los contribuyentes que ya operan en el territorio nacional con la venta de bienes y servicios a través de internet, como actividad principal y/o secundaria; por tanto, no incluye los servicios ofertados desde afuera del país.

La norma solicita a los contribuyentes que registren sus ventas de bienes y servicios realizadas a través de medios digitales en el territorio nacional, actualizando sus datos de “actividades primarias” y “actividades secundarias” en el Padrón Nacional de Contribuyentes del SIN.

3. Actividades económicas vinculadas en cuestión

De acuerdo al SIN, entre los contribuyentes que a la fecha desarrollan actividades económicas vinculadas están: “Servicios de Intermediación en la Venta de Bienes y Servicios a Través de Medios Digitales”;  están contemplados Pedidos Ya, Yaigo, Tigo Money y Superticket; la venta de pasajes aéreos en línea de empresas como BOA o Tropical Tours. En el rubro de “Suministro de Contenido Digital por Descarga o Streaming” figuran empresas como Bolivia Cine. Mientras que en el “Suministro de Tecnología en la Nube” se incluyen las empresas de telecomunicaciones como Entel y Tigo.

4. Finalidad de la norma

Según el presidente del SIN, la idea es actualizar el clasificador de actividades económicas de impuestos nacionales. Esto, debido a que muchas empresas, que antes realizaban una actividad terrestre, pasaron a dar el servicio también por Internet, entonces todas ellas deben actualizarse en el padrón nacional de contribuyentes para emitir factura.

Fuente: Página Siete 08/11/21