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Actualización Tributaria con relación a Intereses Tributarios

19 diciembre, 2023

La Ley 31962, Ley que sincera los intereses por devoluciones de pagos de tributos en excesos o indebidos, retenciones o percepciones no aplicadas del IGV, emitida por el Congreso el día 19 de diciembre de 2023 y que entrará en vigencia el 1 de enero de 2024 a través de la cual se modifican los artículos 28, 38 y 181 del Código Tributario y el artículo 5 de la Ley 28053:

Artículo 28. Componentes de la Deuda Tributaria

El interés aplicable a las multas que se encontraba vinculado a la TIM (Tasa de Interés Moratorio), establecida en el artículo 33 del Código Tributario, se calculará de conformidad con el artículo 1244 del Código Civil, el cual regula el interés legal.

Artículo 38: Devoluciones de Pagos Indebidos o en Exceso

Con la modificación se empleará únicamente la TIM para calcular los intereses asociados a pagos indebidos o en exceso.

Artículo 181: Actualización de las Multas

Se establece que el interés aplicable a las multas impagas será el interés legal regulado en el artículo 1244 del Código Civil.

Modificación del Artículo 5 de la Ley 28053, Ley que establece disposiciones con relación a percepciones y retenciones del IGV

Se establece que el interés aplicable a las devoluciones de retenciones o percepciones no aplicables del IGV será la TIM.

Cabe resaltar que estas modificaciones se aplicarán a las solicitudes de devolución de pagos indebidos o en exceso y a las multas que se encuentren pendientes de notificación a la fecha de entrada de vigencia de la presente ley.

Para mayor información: https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2245634-2