¿En qué consiste la NIIF 3?
La NIIF 3 consiste en mejorar la información financiera que presenta las empresas al realiza combinación de negocios, en cuanto a:
- Forma de reconocimiento y medición de activos, pasivos y participación adquiridos,
- Reconocer y medir la plusvalía adquirida y,
- Qué información debe ser revelada.
Alcance de la NIIF 3
La aplicación de la norma, salvo en los casos descritos en el párrafo 3, las entidades aplicarán esta NIIF cuando contabilicen las combinaciones de negocios.
Esta norma no será de aplicación a combinaciones de negocios:
- En la que se combinan entidades o negocios separados para construir un negocio conjunto.
- Entre entidades o negocios bajo un control común.
- En las que intervengan dos o más entidades de carácter mutualista.
Reconocimiento y Medición de la NIIF 3
Los activos y pasivos reconocidos por la empresa adquiriente serán los cuales reciban y como consecuencia de la operación asuman en que consista la combinación.
No se reconocerán activo o pasivos relacionados de un arrendamiento operativo donde la adquirida es la arrendataria.
Los activos intangibles que no se puedan identificar, serán reconocidos como plusvalía adquirida.
Principios de medición: La adquiriente reconocerá en la fecha de adquisición las partidas y la participación no controlada a valor razonable, incluso si ésta no la utiliza.
Exenciones: Pasivos contingentes (se aplica especialmente en el caso de reorganizaciones, fusiones y de otras operaciones que implican a su vez, la adquisición del activo de otras compañías), impuesto a las ganancias, beneficios a los empleados, activos de indemnización.
Presentación e Información a Revelar
La entidad adquirente revelará, para cada una de las combinaciones de negocios, la siguiente información: (a) Nombres y descripciones de las entidades o negocios combinados. (b) Fecha de adquisición. (c) Porcentaje de instrumentos de patrimonio neto con derecho a voto adquiridos. (d) Coste de la combinación, y una descripción de los componentes directamente atribuibles a la combinación. (e) Como parte de este coste, cuando se hayan emitido o se puedan emitir instrumentos de patrimonio neto.
La entidad adquirente revelará la información que se relacionen con las combinaciones de negocios que hubiese ocurrido en el ejercicio actual o anteriores.
Entrada en vigencia de la NIIF 3
Esta NIIF deberá aplicarse prospectivamente, cuya fecha de adquisición sea a partir del comienzo del primer periodo anual sobre el que se informe que se inicie a partir del 1 de julio de 2009.
Ejemplo
La Compañía ABC adquiere un conjunto de elementos patrimoniales integrado por unos terrenos y unos equipos informáticos cuyos valores razonables son S/400.000 y S/80.000, respectivamente. El precio de compra es de S/500.000.
Los bienes adquiridos no constituyen un negocio en los términos establecidos en la NIIF 3, por tanto, se debe contabilizar como una adquisición de activos, distribuyendo el costo de la transacción (S/500.000) entre los activos identificables adquiridos (terrenos y equipos informáticos) sobre la base de sus valores razonables relativos:
Contabilización:
Terrenos: | 400,000 ➔ (400,000 x 20,000) / 500,000 = 16,000 ➔ | 416,000 |
Equipos: | 80,000 ➔ (80,000 x 20,000) / 500,000 = 4,000 ➔ | 84,000 |
– | – | 500,000 |