Introducción
La Oficina Descentralizada de la Autoridad Nacional de Control (ODANC) de la Corte Superior de Justicia de Lima ha emitido el Comunicado N.º 004-2025-ODANC-LIMA, exhortando a jueces y auxiliares jurisdiccionales a cumplir con la obligación de utilizar el Sistema de Notificaciones Electrónicas (SINOE) para remitir resoluciones judiciales. Esta medida busca optimizar los procesos judiciales, reducir retrasos y garantizar el cumplimiento de la ley vigente.
Marco normativo sobre notificaciones electrónicas
Desde la publicación de la Ley N.º 30229 en julio de 2014, se estableció de forma expresa que los abogados, procuradores públicos y fiscales deben contar obligatoriamente con una casilla electrónica para efectos de notificación. Asimismo, el artículo 157 del Código Procesal Civil fue modificado para indicar que todas las resoluciones judiciales deben notificarse vía electrónica, salvo las excepciones expresamente previstas.
Por su parte, el artículo 155-E de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina que solo algunas resoluciones deben seguir siendo notificadas mediante cédula física: el emplazamiento de la demanda, la declaración de rebeldía, la medida cautelar y la sentencia o auto final del proceso.
Situación actual y advertencias de la ODA
A pesar de la normativa vigente, la ODANC ha constatado que se siguen enviando cédulas físicas de notificación a domicilios procesales ubicados en estudios jurídicos o direcciones particulares, lo que contradice lo dispuesto en la ley y genera retrasos y perjuicios al sistema judicial. Esta práctica persiste incluso después de las exhortaciones emitidas por la presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima en noviembre de 2024, mediante el Oficio Circular N.º 000080-2024-P-CSJLI-PJ.
Se recuerda que los abogados patrocinantes deben consignar una casilla judicial del Colegio de Abogados o de la Corte, y que desde su participación en el proceso todas las notificaciones deben dirigirse a sus casillas electrónicas, salvo en los casos exceptuados.
Medidas de supervisión y fiscalización
Ante el incumplimiento detectado, la Unidad de Prevención, Supervisión e Inspección (UDPSI) realizará muestreos y verificaciones sobre el uso correcto del sistema de notificaciones electrónicas, en coordinación con la Unidad de Servicios Judiciales. Cualquier incumplimiento será comunicado a la Unidad de Calificación e Investigación Preliminar para su evaluación, bajo responsabilidad funcional.
Conclusión
El comunicado reafirma el compromiso del Poder Judicial con la modernización y digitalización de los procedimientos judiciales. La implementación y uso obligatorio del SINOE no solo cumple con el marco legal vigente, sino que también es fundamental para garantizar la celeridad, eficiencia y seguridad jurídica en los procesos. Las autoridades judiciales y los abogados tienen la responsabilidad de actualizar y respetar los mecanismos de notificación establecidos, evitando prácticas que generen dilaciones y vulneren el debido proceso.
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El cumplimiento de las normas procesales, y el manejo de herramientas como el SINOE, es fundamental para evitar incumplimientos, demoras y sanciones. Si necesitas orientación especializada, existen servicios de asesoría legal para empresas que te ayudarán a garantizar que tu organización cumpla y gestione todas las obligaciones legales en el marco de las normativas vigentes.
Fuentes: Comunicado N.º 004-2025-ODANC-LIMA - Corte Superior de Justicia de Lima (03 de abril de 2025)